lunes, 6 de mayo de 2013


Los alcances y límites de la creación de contenido nuevo a partir de contenido ofrecido en la web:

Creative Commons es una organización sin fines de lucro, que promueve el intercambio y la utilización legal de contenidos cubiertos por los derechos de autor: Como docentes - en la preparación de nuestros materiales para la enseñanza-,

¿Qué imágenes, videos, etc. podemos utilizar en nuestras producciones digitales?

Los trabajos con fines educativos si se pueden utilizar, pero lo que no debemos olvidar es que siempre debemos considerar la autoría de las personas de las cuales estamos haciendo uso ya sean imágenes, música, textos, videos. Citar estos en los trabajos que estemos realizando; así hallamos incluido de ellos un pequeño fragmento de sus obras; de esta manera también estaremos enseñando a nuestros estudiantes el respeto, valor y reconocimiento por el trabajo realizado por otras personas.
Si es necesario respetar la propiedad intelectual en nuestras producciones multimedia y en todas las producciones que realicemos; este es el compromiso que tenemos todos de reconocer y valorar el trabajo de los demás




¿Cómo sabemos de qué manera podemos usar contenido producido por otros?

Siempre que usemos material de la web producido por un tercero debemos, tener la autorización para publicarlos, citar la fuente ahora si hacemos referencia a cualquier  material, en cualquier formato, que no lleve ningún tipo de licencia de uso y que no se exprese nada al respecto, entonces tampoco podemos usarlo de manera pública sin el consentimiento expreso del autor. Las leyes otorgan todos los derechos sobre una obra a su autor, desde el mismo momento de su creación, sin necesidad de que la firme, licencie, publique o registre. Claro que, en caso de litigio, el autor tendrá que demostrar de alguna manera que la obra es creación suya.
Luego un material sin licencia existente en la Red sigue manteniendo todos sus derechos de autoría y, por tanto, su autor podría demandarnos en caso de que hagamos uso de su obra sin su consentimiento expreso.



¿Cómo protegemos el contenido propio de uso?
Ejemplificar, en el blog personal, citando la fuente

Siempre que sea posible es conveniente que publiquemos nuestro propio contenido original, aquel que hemos elaborado nosotros: nuestro texto, nuestras fotografías, nuestros audios, etc. En ese caso disponemos de todos los derechos sobre su difusión y sólo tenemos que preocuparnos de qué permisos les queremos otorgar para que puedan ser compartidos con otras personas.
Ante este contexto de rigidez del copyright, e inspiradas por el movimiento del software libre, han surgido otras fórmulas que pretenden introducir cierta flexibilidad en la reutilización de los contenidos y producciones culturales. Hablamos de las licencias Creative Commons  que, frente a la máxima de “todos los derechos reservados” del Copyright, defienden la fórmula de “algunos derechos reservados” donde es el autor quien permite su difusión y decide qué tipo de usos permite hacer con su obra.
Como autores de blogs, nos interesa conocer qué significan estas licencias con el objeto de adherirnos a la que mejor se ajuste a nuestro interés para proteger y compartir nuestros contenidos. Como usuarios de la Red, nos interesa conocerlas para ser capaces de identificarlas en los contenidos de otros autores, respetar sus condiciones y actuar en consecuencia.


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